El procedimiento por el cual se extinguen las obligaciones pendientes de los saldos acreedores netos y deudores netos resultantes de la compensación, como consecuencia de:
a. El pago de dinero efectuado mediante transferencias de fondos depositados en cuentas abiertas en el Banco Nacional de Panamá o entidades bancarias nacionales o extranjeras de jurisdicciones extranjeras reconocidas.
b. La transferencia de los valores, cuando así lo requieran las transacciones que hubieran dado origen a las órdenes de compensación en las centrales de valores o entidades análogas, y debidamente facultadas en jurisdicciones reconocidas.